Categorías para Concurso de Fenotipo


Ganado Raza Carora (bajo control de ASOCRICA)

 

Machos Puros Registrado

Categorías::  Becerros – Toretes – Toros

06 m – 09 m

CAMPEON BECERRO

24 m – 30 m

CAMPEON MAYOR

09 m – 12 m

30 m – 36 m

 

 

36 m – 42 m

12 m – 15 m

CAMPEON MENOR

42 m – 48 m

15 m – 18 m

48 m – 54 m

 

 

54 m – 60 m

18 m – 21 m

CAMPEON JOVEN

60 m – 72 m

21 m – 24 m

72 m y más

GRAN CAMPEON JUVENIL

RESERVADO GRAN CAMPEON JUVENIL

GRAN CAMPEON ADULTO

RESERVADO GRAN CAMPEON ADULTO

Hembras Puras Registrada

Categorías:  Becerras – Novillas – Vacas

06 m – 09 m

CAMPEONA BECERRA

24 m – 30 m

CAMPEONA 2 AÑOS

09 m – 12 m

30 m – 36 m

 

 

36 m – 42 m

CAMPEONA 3 AÑOS

12 m – 15 m

CAMPEONA MENOR

42 m – 48 m

15 m – 18 m

48 m – 54 m

CAMPEONA 4 AÑOS

 

 

54 m – 60 m

18 m – 21 m

CAMPEONA JOVEN

60 m – 66 m

CAMPEONA 5 AÑOS

21 m – 24 m

66 m – 72 m

 

 

72 m y más

CAMPEONA 6 AÑOS Y MAS

GRAN CAMPEONA JUVENIL

RESERVADA GRAN CAMPEONA JUVENIL

GRAN CAMPEONA ADULTA

RESERVADA GRAN CAMPEONA ADULTA

Hembras Mestizas Certificadas, (T5, T4, T3)

Categorías:  Becerras – Novillas – Vacas

06 m – 09 m

CAMPEONA BECERRA

24 m – 30 m

CAMPEONA 2 AÑOS

09 m – 12 m

30 m – 36 m

 

 

36 m – 42 m

CAMPEONA 3 AÑOS

12 m – 15 m

CAMPEONA MENOR

42 m – 48 m

15 m – 18 m

48 m – 54 m

CAMPEONA 4 AÑOS

 

 

54 m – 60 m

18 m – 21 m

CAMPEONA JOVEN

60 m – 66 m

CAMPEONA 5 AÑOS

21 m – 24 m

66 m – 72 m

 

 

72 m y más

CAMPEONA 6 AÑOS Y MAS

GRAN CAMPEONA JUVENIL

RESERVADA GRAN CAMPEONA JUVENIL

GRAN CAMPEONA ADULTA

RESERVADA GRAN CAMPEONA ADULTA

 

Hembras Mestizas F1 Carora – Cebú

Con Certificado Asocrica (T5) y/o Certificado de Hembra F1 Asocebú.

Categorías:  Becerras – Novillas – Vacas

06 m – 09 m

CAMPEONA BECERRA

24 m – 30 m

CAMPEONA 2 AÑOS

09 m – 12 m

30 m – 36 m

 

 

36 m – 42 m

CAMPEONA 3 AÑOS

12 m – 15 m

CAMPEONA MENOR

42 m – 48 m

15 m – 18 m

48 m – 54 m

CAMPEONA 4 AÑOS

 

 

54 m – 60 m

18 m – 21 m

CAMPEONA JOVEN

60 m – 66 m

CAMPEONA 5 AÑOS

21 m – 24 m

66 m – 72 m

 

 

72 m y más

CAMPEONA 6 AÑOS Y MAS

GRAN CAMPEONA JUVENIL

RESERVADA GRAN CAMPEONA JUVENIL

GRAN CAMPEONA ADULTA

RESERVADA GRAN CAMPEONA ADULTA

En caso de no inscribirse el número suficiente de ejemplares el Comité Organizador puede

decidir realizar el juzgamiento por la tabla siguiente:

 

Categorías::  Becerras – Novillas – Vacas

06 m – 09 m

CAMPEONA BECERRA

24 m – 30 m

CAMPEONA MAYOR

09 m – 12 m

30 m – 36 m

 

 

36 m – 42 m

12 m – 15 m

CAMPEONA MENOR

42 m – 48 m

15 m – 18 m

48 m – 54 m

 

 

54 m – 60 m

18 m – 21 m

CAMPEONA JOVEN

60 m – 72 m

21 m – 24 m

72 m y más

GRAN CAMPEONA JUVENIL

RESERVADA GRAN CAMPEONA JUVENIL

GRAN CAMPEONA ADULTA

RESERVADA GRAN CAMPEONA ADULTA

 


 

Otras Razas de Leche

Categorías para Concurso de Fenotipo

Puros Registrado

Machos y Hembras (Uno por cada raza)

Categorías:  Becerros – Toretes – Toros

06 m – 09 m

CAMPEON(A) MENOR

24 m – 27 m

CAMPEON(A) MAYOR

09 m – 12 m

27 m – 31 m

 

 

31 m – 36 m

12 m – 15 m

CAMPEON(A) JOVEN

36 m – 42 m

15 m – 18 m

42 m – 48 m

18 m – 21 m

48 m – 54 m

21 m – 24 m

54 m – 60 m

 

 

60 m – 72 m

I LUGAR:  GRAN CAMPEON(A)

II LUGAR:  RESERVADO GRAN CAMPEON(A)

Ganado Mestizo Lechero y Doble Propósito

Machos y Hembras (Uno por cada raza)

Categorías:  Becerras – Novillas – Vacas

06 m – 09 m

CAMPEON(A) MENOR

24 m – 27 m

CAMPEON(A) MAYOR

09 m – 12 m

27 m – 31 m

 

 

31 m – 36 m

12 m – 15 m

CAMPEON(A) JOVEN

36 m – 42 m

15 m – 18 m

42 m – 48 m

18 m – 21 m

48 m – 54 m

21 m – 24 m

54 m – 60 m

I LUGAR:  GRAN CAMPEON(A)

II LUGAR:  RESERVADO GRAN CAMPEON(A)

 

 

 

 

 

 

REGLAMENTO DE LAS EXPOSICIONES NACIONALES DEL GANADO RAZA CARORA

ARTICULO 1°.- Las exposiciones de ganado Carora tendrán los objetivos siguientes: a) Poner de manifiesto el incremento y mejoramiento de la raza Carora y el desarrollo de la ganadería lechera; b) Estimular el esfuerzo de sus criadores, demostrando los métodos de trabajo en las diversas actividades rurales, la divulgación práctica y los sistemas recomendables para el mejoramiento de la ganadería; c) Ofrecer oportunidades a los criadores de ganado Raza Carora para exponer lo más selecto de su ganadería como demostración del alto grado genético alcanzado, resultado de su dedicación y esfuerzo; d) Popularizar la Raza Carora, reafirmando el criterio de la utilización de reproductores Carora, como una buena alternativa para el mejoramiento de la ganadería lechera en un ambiente tropical; y e) Mantener despierto el interés del público hacia las empresas de origen pecuario.

ARTICULO 2°.- La Asociación Venezolana de Criadores de Ganado Carora (ASOCRICA) organizará las exposiciones del ganado Carora a nivel nacional, las cuales se llevarán a cabo de acuerdo con lo que decida al efecto la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA.

ARTICULO 3°.- Cada exposición de ganado Carora perseguirá los objetivos señalados en el artículo 1º de este Reglamento y comprenderá la participación y juzgamiento del ganado Raza Carora Puro (hembras y machos) y el juzgamiento de hembras Mestizas Certificadas por ASOCRICA.  La pureza de la Raza se garantiza por el Certificado de Registro Genealógico correspondiente.

PARAGRAFO PRIMERO.- El juzgamiento de las Hembras Mestizas Carora, cuando el evento lo amerite, se hará siguiendo dos enfoques: con orientación lechera y otro de las F1 Carora – Cebú.  Las Mestizas Carora con orientación lechera se regirá por el presente reglamento, y las F1 Carora – Cebú según el Capítulo Mestizas F1 Carora – Cebú, que forma parte de este reglamento.  Se considera Mestiza Carora F1 Carora – Cebú, aquella hembra certificada por Asocrica producto del cruce de un toro Carora Puro y una vaca cebú puro o comercial (puro o 7/8 cebú); y aquellas hembras inscritas o no en Asocrica, que presenten un “certificado de hembra F1” (Carora por Cebú) emitido por Asocebú.  Es exclusivo y excluyente solo para HEMBRAS, bajo ningún concepto se admite el juzgamiento de MACHOS.

PARAGRAFO SEGUNDO.- Para aquellos eventos donde la representatividad de estas dos orientaciones no fuere significativa, el juzgamiento de las Mestizas Carora Certificadas se regirán por el presente reglamento, sin diferenciar su orientación.

ARTICULO 4°.- Las exposiciones serán clasificadas en Nacionales y Regionales.  La categoría de la Exposición la define la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA.

ARTICULO 5°.- La Junta Directiva Nacional de ASOCRICA designará o aprobará previa consulta, un Comité Organizador para cada exposición de ganado Raza Carora, el cual tendrá como finalidad, organizar todo lo relativo a la exposición dentro de las previsiones establecidas en el presente Reglamento y conforme a las instrucciones que sean impartidas por la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA.

ARTICULO 6°.- El Comité Organizador designará a su vez, al Director de la Exposición, quien deberá cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento por parte de cada expositor, miembro o no de ASOCRICA; el Director resolverá sobre los asuntos referidos con la exposición y dará cuenta de ello por escrito al Comité Organizador.

ARTICULO 7°.- Para cada exposición se imprimirá un catálogo que incluirá: a) El programa de los actos a efectuarse durante la exposición; b) La nómina de expositores con indicación de sus respectivos fundos y ubicación de éstos; c) Una lista detallada de los ejemplares, con indicación de su sexo, edad, origen, número de identificación privado, Identificación Asocrica, nombre y número de registro genealógico de ASOCRICA; d) Concurso que habrán de efectuarse; e) Reglamento de estos concursos, clasificación y agrupaciones de que consta; f) Nombre del Juez (ces) que juzgará(n) en cada concurso; g) Distinciones, galardones y premios que se concederán y otras informaciones de acuerdo con lo previsto en este Reglamento y h) Reglamento vigente Exposiciones Nacionales del Ganado Raza Carora.

ARTICULO 8°.- La apreciación y calificación de los ejemplares expuestos, estará a cargo del(los) Juez(ces) aprobados y designados por el Comité Organizador.

PARAGRAFO UNICO: El Comité Organizador, deberá consultar con la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA, para establecer la modalidad de Juzgamiento con tres (3) o un (1) juez y su(s) nombre(s) deberá(n) hacerse del conocimiento de los expositores una vez abierto el período de inscripción.  Únicamente en la Exposición Nacional del Ganado Raza Carora y sus Mestizas, será la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA, conjuntamente con el Comité Organizador, quienes escogerán a los tres (3) jueces principales o al juez principal y ayudante.  Asimismo, designarán el juez de los concursos de producción de leche y/o otros concursos especiales, si el evento lo ameritase.

ARTICULO 9°.- Las decisiones de los jueces serán inapelables.  La Junta Directiva Nacional sancionará el desacato y ofensa de hecho o palabra a un juez con el retiro inmediato de los ejemplares, propiedad del expositor involucrado, sin perjuicio a otras medidas disciplinarias.

ARTICULO 10°.- Los juzgamientos deberán ser pedagógicos y orientadores y deben incluir una explicación oral, en la que se resalte las bondades de los ejemplares colocados en los primeros dos (2) lugares.

ARTICULO 11°.- Cuando algún expositor observare que en el catálogo oficial indicado en el artículo 7º de este Reglamento, se ha omitido algún dato, el derecho a concurso, cambios de concurso (especie, sexo, agrupación) o cualquier otra información contenida en la planilla original de inscripción de un ejemplar, el Director de la exposición dará cuenta de ello al Comité Organizador y hará la investigación correspondiente y de comprobar tal omisión, validará los datos respectivos.

PARAGRAFO UNICO: cuando las omisiones contempladas en el presente artículo fueren producto de errores en el llenado de la planilla de inscripción, no procederá tal reclamo, pudiéndose retirar de concurso al ejemplar.

ARTICULO 12°.- Los ejemplares que se encontraren en las exposiciones organizadas conforme a este Reglamento, estarán bajo la guardia y responsabilidad de sus respectivos propietarios, quienes deberán proveer todo lo necesario para su cuidado, protección y alimentación.

ARTICULO 13°.- A las Exposiciones Nacionales de Ganado Raza Carora podrán concurrir ejemplares procedentes de todo el territorio venezolano excepto, de aquellos lugares sujetos a limitaciones especiales por razones sanitarias o de cualquier otra índole.

ARTICULO 14°.- Los expositores tendrán la obligación de conocer y acatar el presente Reglamento.  El incumplimiento o la violación de este Reglamento o de las disposiciones dictadas por el Director de la Exposición o por el Comité Organizador, podrá ser causa para que se retire del concurso a los ejemplares propiedad de los infractores.

ARTICULO 15°.- La Asociación Venezolana de Criadores de Ganado Carora (ASOCRICA) elaborará dos tipos de planillas de inscripción; 1.- Para ejemplares con Certificado de Registro o Certificado de Cruce, propiedad de miembros activos o no de Asocrica.  2.- Para ejemplares a Subasta Pública.  Dichas planillas serán suministradas por ASOCRICA a requerimiento de los interesados, debiendo dirigirse a su oficina principal, a través del website de la Raza www.razacarora.com, a través de los núcleos de la Asociación en las diferentes regiones del país, o al Comité Organizador que se designe a tal efecto.  Una vez llenas las planillas y firmadas por el expositor o su representante legal, deberán ser remitidas a ASOCRICA acompañada de una copia fotostática del Certificado de Registro o Certificado de Cruce expedido por ASOCRICA, de cada uno de los ejemplares a inscribirse y del efectivo o cheque por el importe de la cuota de inscripción correspondiente (cuando así se establezca), sin cuyo requisito no se dará curso a la misma.  El duplicado de estos documentos, deberá acompañarse en la oportunidad de ser enviado el ejemplar, desde la finca hasta el parque exposición y retenidos por la persona encargada de la recepción de los ejemplares en el parque.

ARTICULO 16°.- Se establecerá un lapso de inscripción determinado por la Junta Directiva Nacional de ASOCRICA o el Comité Organizador, antes de la fecha de inauguración de la exposición, a fin de elaborar el catálogo de la misma.  No se dará curso a solicitud alguna que se reciba transcurrido el tiempo previsto.

ARTICULO 17°.- Los expositores cuidarán de la exactitud y veracidad de los datos suministrados en las planillas y en todos los documentos que se presenten en relación con los ejemplares a competir.  Cualquier inexactitud u omisión, así como el ocultamiento de defectos en los ejemplares, podrá ser motivo de descalificación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9º de este Reglamento.

ARTICULO 18°.- Podrán ser inscritos para las Exposiciones Nacionales del Ganado Raza Carora y sus Mestizas, con opción a premio, los reproductores de ambos sexos propiedad de miembros o no de ASOCRICA; siempre y cuando los ejemplares estén debidamente registrados en el Banco de datos de la Asociación.  Competirán conjuntamente los ejemplares de socios y no socios.

ARTICULO 19°.- El Comité Organizador se reserva el derecho de limitar la concurrencia de ejemplares de acuerdo con la capacidad del Parque.

ARTICULO 20°.- La edad de los reproductores(as) estará comprendida desde los seis (6) meses en adelante, a la fecha de inauguración de la exposición, fecha ésta que se considerada como básica para computar las edades de los ejemplares a competir.  Las hembras mayores a 30 meses deberán presentarse a las competencias paridas y en producción.  Las que no presenten esta condición deberán estar preñadas, para cuya comprobación en su inscripción deberá acompañarse, certificación de preñez firmada por un Médico Veterinario, de lo contrario serán palpadas antes del juzgamiento por un Médico Veterinario designado por el Comité Organizador.  El diagnóstico de esta palpación en cuanto a resultado y tiempo de gestación, quedará relacionado en el Catálogo Oficial de la Mesa Técnica y en acta firmada por el M.V. designado; este procedimiento definirá la participación de estas hembras en competencia.

PARAGRAFO PRIMERO.- Las hembras en exposición que estén en programa de transferencia de embriones (T.E.), deben estar notificadas como tal en la Asociación, de lo contrario se exigirá el cumplimiento de los requisitos descritos anteriormente.

PARAGRAFO SEGUNDO.-  Se exigirá el certificado de fertilidad para los machos mayores de veinticuatro (24) meses, con vigencia de 120 días, a ser vendidos en Subasta Pública o Corral.  Los certificados deben ser expedidos por una empresa o médico veterinario especializado en el ramo y reconocido por ASOCRICA.

ARTICULO 21°.- Se entiende como Raza Carora para los efectos de juzgamiento, sólo aquellos ejemplares que estén debidamente aceptados por la Asociación Venezolana de Criadores de Ganado Carora (ASOCRICA).

ARTICULO 22°.- Los ejemplares que concurran a la exposición, para concurso con derecho a premio, así como para subasta, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Condición de mansedumbre que permita un manejo adecuado por parte del conductor que lo habrá de guiar a la pista de juzgamiento.  b) Deberán presentarse con sus respectivos certificados sanitarios y de vacunaciones obligatorios, expedidos por un médico veterinario oficial o debidamente autorizado por el Ministerio de Agricultura y Tierras, conjuntamente con la guía de movilización.  c) Deberán estar libres de ectoparásitos, además de presentar las condiciones físicas y sanitarias requeridas para asistir a exposiciones (No presentar lesiones, claudicaciones, etc.)  d) El servicio veterinario de la exposición tendrá a su cargo la recepción de todos los ejemplares a concursar y velará por el cumplimiento de los literales a), b) y c) de este artículo.

ARTICULO 23°.- A los efectos de determinar la edad exacta de los ejemplares a concursar, expresada en meses de vida, se determinaran los días de vida (desde el nacimiento hasta el día de inauguración de la exposición) y ese valor se dividirá entre 30,42;  siendo el valor entero del resultado los meses de vida.

ARTICULO 24°.- A los efectos de establecer las clases de edades, los ejemplares para concurso con opción a premio se agruparán por sexo de la siguiente manera: a) De seis (6) meses hasta nueve (9) meses de edad, para ambos sexos.  b) De nueve (9) meses hasta doce (12) meses de edad, para ambos sexos.  c) De doce (12) meses hasta quince (15) meses de edad, para ambos sexos.  d) De quince (15) meses hasta dieciocho (18) meses de edad, para ambos sexos.  e) De dieciocho (18) meses hasta veintiún (21) meses de edad, para ambos sexos.  f) De veintiún (21) meses hasta veinticuatro (24) meses de edad, para ambos sexos.  g) De veinticuatro (24) meses hasta treinta (30) meses de edad, para ambos sexos.  h) De treinta (30) meses hasta treinta (36) meses de edad, para ambos sexos.  i) De treinta y seis (36) meses hasta cuarenta y dos (42) meses de edad, para ambos sexos.  j) De cuarenta y dos (42) meses hasta cuarenta y ocho (48) meses de edad, para ambos sexos.  k) De cuarenta y ocho (48) meses hasta cincuenta y cuatro (54) meses de edad, para ambos sexos.  l) De cincuenta y cuatro (54) meses hasta sesenta (60) meses de edad, para ambos sexos.  m) De sesenta (60) meses hasta sesenta y seis (66) meses de edad, para ambos sexos.  n) Desde sesenta y seis (66) meses hasta setenta y dos (72) meses de edad, para ambos sexos.  o) De setenta y dos (72) meses de edad en adelante, para ambos sexos.

PARAGRAFO UNICO: Queda entendido que un ejemplar que exceda, aunque sea un (1) día de la edad establecida pasará a la agrupación siguiente.

ARTICULO 25°.- De los ejemplares concursantes se designará para cada sexo las siguientes categorías: Un Campeón(a) Becerro(a);  Un Campeón(a) Menor;  Un Campeón(a) Joven.  Los Campeones(as) Becerros(as), serán seleccionados entre los ejemplares menores de doce (12) meses de edad, que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Los Campeones(as) Menores, serán seleccionados entre los ejemplares de doce (12) meses y menos de dieciocho (18) meses de edad que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Los Campeones(as) Jóvenes, serán seleccionados entre los ejemplares de dieciocho (18) meses y menos de veinticuatro (24) meses de edad que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Luego se procederá elegir el Gran Campeón(a) Juvenil correspondiente.

ARTICULO 26°.- Los Grandes Campeones(as) Juveniles de la raza serán elegidos entre los correspondientes Campeones(as): Becerro(a), Menor y Joven de cada sexo, debiendo estar presentes al menos dos (2) campeones, en caso contrario se considerará desierto el gran campeonato.

ARTICULO 27°.- Además se procederá a la designación del Reservado(a) Gran Campeón(a) Juvenil para cada sexo, el cual será elegido entre los restantes campeones(as) y los que obtuvieron el segundo lugar en el campeonato y en la agrupación por edad del Gran Campeón(a) Juvenil.

ARTICULO 28°.- De las hembras adultas en concurso se designarán las siguientes categorías: Una Campeona 2 Añera, una Campeona 3 Añera, una Campeona 4 Añera, una Campeona 5 Añera y una Campeona 6 Años y más.  Las Campeonas Dos (2) Añeras, serán seleccionadas entre los ejemplares de más de veinticuatro (24) meses y menores de treinta y seis (36) meses de edad, que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Las Campeonas Tres (3) Añeras, serán seleccionadas entre los ejemplares de más de treinta y seis (36) meses de edad y menores de los cuarenta y ocho (48) meses de edad, que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Las Campeonas Cuatro (4) Añeras, serán seleccionadas entre los ejemplares mayores a cuarenta y ocho (48) meses y menores de sesenta (60) meses de edad, que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  Las Campeonas 5 Añeras, serán seleccionadas entre los ejemplares mayores a sesenta (60) meses y menores de setenta y dos (72) meses de edad, que hubieren merecido el primer lugar en sus respectivas agrupaciones.  La Campeona 6 Años y más, será seleccionada entre los ejemplares mayores a setenta y dos (72) meses en adelante, que hubiera merecido el primer lugar.

ARTICULO 29°.- La Gran Campeona Adulta de la raza será elegida entre las correspondientes Campeonas: 2 añeras, 3 añeras, 4 añeras, 5 añeras y 6 Años y más, debiendo estar presentes al menos tres (3) campeonas, en caso contrario se considerara desierto el gran campeonato.

PARAGRAFO UNICO: Un ejemplar que haya obtenido el galardón de Gran Campeona Adulta de la raza en más de tres ferias organizadas y controladas por Asocrica, optará por el mayor galardón que pueda recibir una vaca como es ser proclamada ejemplar "Gran Campeona fuera de Concurso";  para ello la Mesa Técnica debe hacer esta solicitud al(los) juez(ces) que actúan en la Feria en la que obtuvo el último Gran Campeonato.

ARTÍCULO 30°.-Además se procederá a la designación de la Reservada Gran Campeona Adulta la cual será elegida entre las restantes campeonas y las que obtuvieron el segundo lugar en el campeonato y en la agrupación por edad del Gran Campeona.

ARTICULO 31°.- De los machos adultos en concurso se seleccionara un primer lugar en cada agrupación así: a) mayores de veinticuatro (24) meses y menos de treinta (30) meses de edad; b) mayores de treinta (30) meses y menos de treinta y seis (36) meses de edad; c) mayores de treinta y seis (36) meses de edad y menos de cuarenta y dos (42) meses de edad; d) mayores de cuarenta y dos (42) meses y menos de cuarenta y ocho (48) meses de edad; e) mayores de cuarenta y ocho (48) meses y menos de Cincuenta y cuatro (54) meses de edad; f) mayores de Cincuenta y cuatro (54) meses y menos de sesenta (60) meses de edad; g)mayores de sesenta (60) meses y menos de setenta y dos (72) meses de edad; h) mayores a setenta y dos (72) meses.

ARTICULO 32°.- El Gran Campeón Adulto de la raza será elegido entre los primeros lugares del artículo 31º, debiendo estar presentes al menos tres (3), en caso contrario se considerara desierto el gran campeonato.

PARAGRAFO UNICO: Un ejemplar que haya obtenido el galardón de Gran Campeon Adulto de la raza en más de tres ferias organizadas y controladas por Asocrica, optará por el mayor galardón que pueda recibir un toro como es ser proclamado ejemplar "Gran Campeon fuera de Concurso";  para ello la Mesa Técnica debe hacer esta solicitud al(los) juez(ces) que actúan en la Feria en la que obtuvo el último Gran Campeonato.

ARTÍCULO 33°.- Además se procederá a la designación del Reservado Gran Campeón Adulto, el cual será elegido entre los restantes primeros lugares y el ejemplar que quede de segundo de la agrupación por edad, si lo hubiere.

ARTICULO 34°.- Se otorgará una cinta a cada uno de los ejemplares que clasifiquen del primero (1º) al quinto (5º) lugar en cada agrupación (Azul, Roja, Amarilla, Verde, y Blanca), una escarapela azul a los campeones(as), un estandarte blanco para los grandes campeones y un estandarte amarillo para los reservados grandes campeones.

ARTICULO 35°.- Se realizará un juzgamiento de La Mejor Ubre donde participaran hembras puras y mestizas certificadas en conjunto.  Se realizarán evaluaciones con la ubre llena y después del ordeño con la ubre vacía;  ambas evaluaciones se llevarán a cabo en la pista oficial de juzgamiento.  Se premiarán 2 lugares.  Catalogándose como Mejor Ubre de la Raza y Reservada Mejor Ubre de la Raza, respectivamente.

ARTICULO 36°.- Se realizará un concurso de producción de leche, llevándose a cabo el secado oficial y al menos dos (2) ordeños más.  En el mismo, participarán hembras puras y mestizas sin límite de edad y por separado.  El Comité Organizador designará un juez o director del concurso, el cual en presencia de los representantes de las ganaderías participantes sorteará el orden de ordeño el día previo al secado oficial, y deberá velar por que se cumpla tal orden en los ordeños oficiales; será la persona encargada del registro y control de los pesajes de leche y de velar por la sana competencia.  Los ejemplares en concursos de producción de leche deberán permanecer exclusivamente dentro del área destinada para tal propósito.

PARÁGRAFO PRIMERO.- Las vacas en concurso, que se les administrase tratamientos o medicamentos no autorizados por el juez o director del concurso o aquellas cuyos representantes incumplen el presente reglamento, serán descalificadas inmediatamente.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los ordeños podrán realizarse de forma manual o mecánica, con apoyo o no del becerro(a), siempre y cuando haya sido notificado el expositor en la carta de invitación.  Después de iniciado el concurso con el secado oficial, no podrá modificarse el método de ordeño, ni el ordeñador.  Salvo por motivos de fuerza mayor y con la aprobación de la mayoría simple de los participantes.

PARÁGRAFO TERCERO.- Las excepciones a lo establecido en este artículo se harán de común acuerdo entre el juez o director del concurso y los participantes en el momento del sorteo del orden de ordeño.

ARTICULO 37°.- Una vez culminados los ordeños oficiales, se procederá a computar y ordenar las producciones individuales de cada vaca en forma descendiente.  Se designará una Campeona Primípara Productora de Leche Carora Pura, una Campeona Primípara Productora de Leche Mestiza Carora, una Campeona Primípara Productora de Leche F1 Carora-Cebú, una Campeona Adulta Productora de Leche Carora Pura y una Campeona Adulta Productora de Leche Mestiza Carora y una Campeona Adulta Productora de Leche F1 Carora-cebú.

PARÁGRAFO PRIMERO.- A los efectos de considerar una vaca como primípara, la misma deberá tener una edad inferior o igual a los treinta (30) meses de edad a la fecha del parto.  Aquellas que excedan aunque sea por 1 día podrán participar en el concurso pero considerada como vaca adulta, aún cuando fuere su primer parto.

ARTICULO 38°.- De entre las diferentes campeonas del Artículo Nº 37 se designará: a) A la vaca primípara con la mayor producción de leche como la “Gran Campeona Productora de Leche Primípara de la Raza”, de entre las campeonas puras y las mestizas.  b) A la vaca adulta con la mayor producción de leche como la “Gran Campeona Productora de Leche Adulta de la Raza”, de entre las campeonas puras y las mestizas y la segunda con mayor producción como La Reservada Gran Campeona Productora de Leche de la Raza, de entre las puras y las mestizas.

ARTICULO 39°.- Una vez realizados todos los concursos de fenotipo y producción, se procederá a realizar el juzgamiento fenotípico entre las hembras catalogadas como: Grandes Campeonas Adultas de fenotipo;  la Mejor Ubre de la Raza y su Reservada (si tienen más de veinticuatro meses al día inaugural de la feria);  la Gran Campeona Primípara Productora de Leche de la Raza (si tienen más de veinticuatro meses al día inaugural de la feria), de entre las puras y las mestizas;  la Gran Campeona Adulta Productora de Leche de la Raza y su Reservada, de entre las puras y las mestizas para designar la VACA SUPREMA DE LA RAZA.

PARÁGRAFO UNICO.- Asimismo de entre las hembras catalogadas como: Grandes Campeonas Juveniles de fenotipo; la Mejor Ubre de la Raza y su Reservada (si tiene menos de veinticuatro meses al día inaugural de la feria) y la Gran Campeona Primípara Productora de Leche de la Raza (si tienen menos de veinticuatro meses al día inaugural de la feria), se designará a la SUPREMA JUVENIL DE LA RAZA.

ARTICULO 40°.- Se realizará además de los concursos individuales, concursos colectivos de fenotipo, como sigue: a) Prole de una Reproductora por parto natural: Podrán competir ejemplares de ambos sexos mayores de seis (6) meses, en número mínimos de dos (2) ejemplares de cualquier sexo.  b) Prole de una Reproductora por transferencia de embriones: La transferencia deberá ser certificada por el técnico o la entidad que la realizó, donde se especifique la identificación de la madre y la fecha de la transferencia.  Podrán competir ejemplares de ambos sexos mayores de seis (6) meses de edad, en número de tres (3) y máximo de cinco (5) ejemplares por vaca por expositor.  c) Concursos Especiales de Becerras, podrán participar en concursos de: dúos, tríos y cuartetos, con edad mayor de seis (6) meses y hasta doce meses de edad.  d) Concursos Especiales de Mautas, podrán participar en concursos de: dúos, tríos y cuartetos, con edad mayor de doce (12) meses y hasta dieciocho (18) meses de edad.  e) Concursos Especiales de Novillas podrán participar en concursos de: dúos, tríos y cuartetos, con edad mayor de Dieciocho (18) meses y hasta Veinticuatro (24) meses de edad, que no hayan parido, pertenecientes a un mismo expositor.  No podrá un mismo ejemplar estar presente en más de uno de los considerando descritos en el presente ordinal.  f) Concursos Especiales de Vacas, podrán participar en concursos de: dúos, tríos y cuartetos, mayores de 24 meses y que hayan parido, pertenecientes a un mismo expositor, y no podrá un mismo ejemplar estar presente en más de uno de los considerando descritos en el presente ordinal.

PARÁGRAFO PRIMERO.- El juzgamiento de Prole de un Semental, regido por el presente reglamento no existirá como tal, sino que se computarán directamente los puntajes obtenidos por los ejemplares en los diferentes concursos a su progenitor.  Se designará como Mejor Prole de Semental aquel cuyos hijos logren acumular la mayor cantidad de puntos, y el premio será dado al Criador del semental, presente o no en el evento ferial.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Las inscripciones para las competencias colectivas se realizarán el día anterior al juzgamiento, aceptándose solo aquellos ejemplares que hayan participado en las competencias individuales.  Un expositor puede sustituir el ejemplar inscrito en una competencia por otro, siempre y cuando reúna las mismas condiciones del sustituido.

PARÁGRAFO TERCERO.- Se premiarán para los concursos colectivos los 3 primeros lugares, para efectos de las puntuaciones.

ARTICULO 41°.- Se otorgará la distinción de “MEJOR EXPOSITOR DE LA RAZA”, al expositor que acumule mayor puntuación de los ejemplares por él inscritos.  Igualmente se otorgará la distinción de “CRIADOR MAS DISTINGUIDO DE LA RAZA”, al criador que acumule mayor puntuación de los ejemplares por él inscritos, así como los acumulados por los ejemplares de su cría e inscritos por otro expositor.  Para ambas distinciones se hará de acuerdo con la tabla siguiente: *) GRAN CAMPEONA PRODUCTORA DE LECHE: 30 puntos;  *) GRAN CAMPEONA RESERVADA PRODUCTORA DE LECHE: 15 puntos;  *) GRAN CAMPEONA PRODUCTORA DE LECHE PRIMIPARA: 15 puntos;  *) MEJOR UBRE: 15 puntos;  *) RESERVADA MEJOR UBRE: 12 puntos;  *) MEJOR PROLE DE UN SEMENTAL: 10 puntos (solo para el criador);  *) MEJOR PROLE DE UNA REPRODUCTORA POR PARTO NATURAL: 10 puntos;  *) MEJOR PROLE DE UNA REPRODUCTORA POR T.E.: 10 puntos;  *) MEJOR Dúo, Trío o Cuarteto de BECERRAS, MAUTAS, NOVILLAS: 10 puntos c/u;  *) MEJOR Dúo, Trío o Cuarteto de VACAS: 10 puntos c/u;  *) GRANDES CAMPEONATOS DE FENOTIPO: 15 puntos;  *) RESERVADOS GRANDES CAMPEONATOS DE FENOTIPO: 12 puntos;  *) CAMPEONATOS DE FENOTIPO: 10 puntos.  Para esta distinción se tomará en cuenta la puntuación obtenida por los ejemplares puros (hembras y machos) y las mestizas sin distinción de orientación.

PARÁGRAFO UNICO.- Se define como EXPOSITOR al propietario del ejemplar el día de la inauguración del evento y como CRIADOR al dueño de la vaca al momento del parto que produjo al ejemplar participante.

ARTICULO 42°.- Como estímulo a los obreros se realizarán concursos de: a) conducción y manejo de los ejemplares;  dicho juzgamiento será realizado por el Juez(ces) encargado de los juzgamiento de fenotipo durante los diferentes concurso, él(ellos) harán una preselección de los obreros a participar en dicho concurso.  b) por la limpieza de la cuadra, dicho juzgamiento será realizado por una comisión especial evaluadora, cuyos integrantes sólo serán del conocimiento del Comité Organizador.  Para ambos concurso se premiará del 1º al 5º lugar en metálico y Diploma, los montos de dichos premios serán fijados por el Comité Organizador.

ARTICULO 43°.- Es deber ineludible de los expositores conducir a la pista todos sus ejemplares inscritos a la hora y en la oportunidad que vayan a juzgarse, ostentando en lugar visible el número que le haya sido asignado, so pena de ser descalificado.  Se concede un máximo de cinco (5) minutos para presentarlo en la pista después de haber sido llamado.  Así mismo, los expositores tendrán la obligación de hacer concurrir al desfile de campeones, a los ejemplares que ordenare el Comité Organizador.  El incumplimiento de esta obligación acarreará la devolución de los premios que hubiere obtenido con dichos ejemplares.

ARTICULO 44°.- El personal encargado de presentar y hacer desfilar a los ejemplares, deberá estar vestido adecuadamente (indispensable el uso de gorra).  Se permitirá el uso de bragas o uniformes con logotipos o distintivos del expositor o de su empresa agropecuaria sólo para el desfile inaugural y clausura, durante los juzgamientos deberán vestir con uniforme único autorizado por la Asociación y el Comité Organizador.  Salvo aquellos eventos donde la Asociación y el Comité Organizador autoricen para el día de los juzgamientos el uso de bragas o uniformes con logotipos o distintivos del expositor o de su empresa agropecuaria, pero queda terminantemente prohibido el uso de indumentaria con propaganda de tipo comercial.

ARTICULO 45°.- Durante el juzgamiento, sólo podrán entrar a la pista los miembros de la Mesa Técnica asignada por el Comité Organizador, el(los) Juez(ces) correspondiente(s) y los encargados de conducir individualmente a los ejemplares.

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los expositores de ejemplares en juzgamiento, sólo podrán dirigir sus reclamos ante la Mesa Técnica, nunca en forma directa al Juez(ces).  Inmediatamente procesado su reclamo deberá retirarse de la pista de juzgamiento.  La Mesa Técnica analizará tal reclamo, y dará respuesta oportuna en forma directa o pública según corresponda.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los reclamos en forma directa al Juez(ces), exclamaciones inapropiadas al Juez(ces) y la Mesa Técnica o la permanencia injustificada dentro de la pista de juzgamiento, por parte de expositores de ejemplares en competencia, se considerará como falta grave y podrá decidir la Mesa Técnica y el Comité Organizador el retiro inmediato del o los ejemplares tanto en pista como aquellos que no han participado, pertenecientes al referido Expositor.  Sin perjuicio de las sanciones a que tuviere lugar por parte de ASOCRICA.

ARTICULO 46°.- Los ejemplares a concursar deben llegar a la exposición, como mínimo un (1) día antes de la inauguración y no podrán salir del parque hasta no ser debidamente autorizados por el Comité Organizador.

ARTICULO 47°.- Cualquier eventualidad no prevista en este Reglamento, la resolverá la Mesa Técnica, El Comité Organizador de la Exposición o el Director designado al efecto.

ARTICULO 48º.- Las premiaciones de cada campeón(a) deberán realizarse al final del juzgamiento, en el área específica destinada para tal fin, con la finalidad de no interrumpir el buen desenvolvimiento del juzgamiento.

ARTICULO 49º.- Cuando un expositor, no presente a la pista de juzgamiento un ejemplar debidamente inscrito por él, no podrá seguir presentando ejemplares en las restantes competencias de la exposición, salvo que hubiere retirado el ejemplar en concurso antes de comenzar el juzgamiento, o por imposibilidad física o cualquier otro inconveniente, participado con anterioridad a la Mesa Técnica y/o verificado por el médico veterinario asignado.

ARTICULO 50º.- Se requiere, para participar en las Exposiciones Nacionales del Ganado Carora y sus Mestizas que los ejemplares estén debidamente inscritos y registrados por Asocrica, NO es indispensable ser miembro activo de la Asociación.

ARTICULO 51º.- Las Asociaciones, Comités Organizadores de ferias y otros Entes encargados de coordinar el desarrollo de las mismas, deberán actuar apegados a los principios de integridad, buena fe y honestidad.  En consecuencia están obligados a cumplir con los compromisos contraídos con los expositores garantizando las condiciones de estadía para su ganado, así como la entrega de Trofeos y Premios en metálico a más tardar el día de Parada de Campeones.  ASOCRICA en caso de incumplimiento aplicará las sanciones correspondientes.

ARTICULO 52º.- El presente reglamento será de aplicación obligatoria en las Exposiciones Nacionales del Ganado Carora y sus Mestizas;  las Exposiciones en las que ASOCRICA tenga participación en la inscripción de ejemplares y en la preparación del catálogo oficial de juzgamiento y en aquellas Exposiciones donde se solicitase formalmente la participación de ASOCRICA.


 

CAPITULO MESTIZAS (F1) CARORA CEBU

CAPITULO 1º.- Las exposiciones y juzgamientos de las Mestizas F1 Carora - Cebú (Certificadas por Asocrica y/o Asocebú), tendrán la finalidad de: a).- Demostrar en la Exposición y Juzgamiento de hembras F1 CARORA CEBU, el aporte de la raza Carora, en la producción de un hibrido lechero adaptado a nuestro medio tropical.  b).- Proporcionar la oportunidad de establecer un intercambio comercial entre Criadores y los productores de leche doble propósito como usuarios. 

CAPITULO 2º.- El siguiente reglamento tiene por finalidad establecer las normas y parámetros para el juzgamiento de las hembras F1 lecheras registradas y certificadas por ASOCRICA y/o ASOCEBU, en ferias organizadas por ASOCRICA.  Es exclusivo y excluyente solo para HEMBRAS, bajo ningún concepto se admite el juzgamiento de Machos.

CAPITULO 3º.- La inscripción se realizara ante el comité organizador con una planilla para tal propósito acompañado con copia de la “Certificación de Cruce Mestiza Carora 1er Nivel (T5)”, emitido por Asocrica; y/o “Certificado de Hembra F1”, emitido por Asocebú, el cual deberá estar a nombre del expositor.

PARÁGRAFO UNICO.- Se considera Mestizas F1 Carora - Cebú, aquella hembra certificada por Asocrica producto del cruce de un toro Carora Puro y una vaca cebú pura o comercial (pura o 7/8 cebú) y aquellas hembras inscritas o no en Asocrica, que presenten un “Certificado de Hembra F1” (Carora - Cebú) emitido por Asocebú.

CAPITULO 4º.- Podrán ser inscritos para las exposiciones de Mestizas F1 Carora -Cebú, con opción a premio solo hembras certificadas o registradas como tal, en ASOCRICA y/o ASOCEBU desde 6 meses en adelante para las competencias individuales y colectivas.

CAPITULO 5º.- Dependiendo del monto de ejemplares inscritos, el Comité Organizador decidirá las categorías según lo establecido en los artículos 24, 25, 28, 29 y 30 del presente reglamento o por lo establecido en las NORMAS SOBRE FUNCIONAMIENTO DE EXPOSICIONES AGROPECUARIAS, de Mayo de 1.996, en el Artículo 24º.

PARAGRAFO UNICO: Un ejemplar que haya obtenido el galardón de Gran Campeona Adulta Mestizas F1 Carora - Cebú de la raza en más de tres ferias organizadas y controladas por Asocrica, optará por el mayor galardón que pueda recibir una vaca como es ser proclamada ejemplar "Gran Campeona fuera de Concurso";  para ello la Mesa Técnica debe hacer esta solicitud al(los) juez(ces) que actúan en la Feria en la que obtuvo el último Gran Campeonato.

CAPITULO 6º.- La participación de las hembras Mestizas F1 Carora - Cebú, en las competencias de producción de leche y concurso de mejor ubre; se regirá por lo establecido en los artículos 35º, 36º, 37º y 38º. del presente Reglamento.

CAPITULO 7º.- Cualquier omisión o eventualidad no prevista en este reglamento, la resolverá la Mesa Técnica y/o El Comité organizador de la Exposición, en concordancia con los principios generales definidos en el presente Reglamento.